La Norma Chilena 2056 OF 2008. En el artículo 8 Dice que: los extintores recargables se deben recargar después de cada utilización o cuando así lo indique una inspección o una mantención.
En este proceso de recarga se retira todo el polvo químico que se encentren contaminados o húmedo por polvo químico seco en condiciones óptimas.
Para la recarga de los extintores se debe de utilizar solamente aquellos agentes de extinción especificados en el rotulo o etiqueta del extintor.
La norma chilena 2056 of.2008 en el artículo 5 y 7 dice que la mantención de los extintores se debe efectuar por periodos no mayor a un año y debe ser realizada según esta norma.
El propósito de la mantención es dar la máxima seguridad que el extintor funcione en forma efectiva y segura de esta forma podemos comprobar el tiempo de descarga y ver en qué estado está el polvo químico seco y a su vez observar cómo funcionan la partes del Extintor (manguera, válvula, manómetro)
1. Inspección ocular de seguros e inscripción
2. Retiro de los extintores, reemplazando los que se encuentren en lugares con alto índice de riesgo de incendio.
3. Comprobación del peso y presión.
4. Despiece, revisión y lubricación de la válvula, vástago y resorte si el modelo lo exige.
5. Revisión de manómetros.
6. Revisión y tamizado de polvo químico seco en maquina transvasijadora.
7. Cambio del polvo químico seco, si este lo amerita.
8. Cambio de O’rings.
9. Instalación de argolla verificadora de registro de fecha mantención anual.
10. Presurizar (Nitrógeno 99,999 )
11. Armado de equipo.
12. Prueba de hermeticidad y fugas, verificando que no existan filtraciones de presión.
13. Colocación de sellos de garantía.
14. Reemplazo de etiquetas y rotulación de nueva fecha de mantención.
15. Traslado y entrega de los equipos en sus lugares originales o reinstalación en caso de que así se solicite o requiera.
Nota: Regularmente este servicio no incluye repuestos dañados o faltante, por lo que se debe solicitar el valor de los mismos durante la cotización.